Puede ocurrir que por “causas de fuerza mayor” o lo denominado en la normativa fiscal vigente como “causas excepcionales” el sujeto pasivo sufra unos daños irreparables que motiven la reducción del importe a satisfacer a la AEAT. Estas circunstancias vienen referidas por incendios, inundaciones u otras circunstancias excepcionales que afecten a un sector o zona…