Puede ocurrir que por «causas de fuerza mayor» o lo denominado en la normativa fiscal vigente como «causas excepcionales» el sujeto pasivo sufra unos daños irreparables que motiven la reducción del importe a satisfacer a la AEAT. Estas circunstancias vienen referidas por incendios, inundaciones u otras circunstancias excepcionales que afecten a un sector o zona…