Están obligadas a auditar las cuentas anuales y, en su caso, el informe de gestión, cuando se trate de sociedades mercantiles (anónimas, limitadas, comanditarias, cooperativas, etc.) que durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las siguientes circunstancias: (i) Que el total de las partidas del activo sea igual o superior a 2.850.000 euros; (ii) Que el importe neto de su cifra anual de negocios sea igual o superior a 5.700.000 euros; (iii) Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea igual o superior a 50.

El convenio especial con la Seguridad Social tiene por finalidad complementar las cotizaciones de los trabajadores próximos a la edad de jubilación que han causado baja en su empleo, de tal forma que la pensión de jubilación no se vea reducida por dicha circunstancia. Las empresas que realicen despidos colectivos que afecten a trabajadores mayores de 55 años (sin estar incursas en concurso) deben suscribir un convenio especial y seguir cotizando a la Seguridad Social por dichos empleados

El pasado 2 de abril de 2021 ha entrado en vigor la nueva Orden reguladora del Registro electrónico de apoderamientos de la Seguridad Social. Los apoderamientos otorgados hasta el 1 de abril de 2021, para actuar ante la administración de la Seguridad Social han quedado sin efecto. ¿Cómo me afecta la entrada en funcionamiento del…

El 13 de abril de 2021 se ha publicado en el BOE la Ley 5/2021, de 12 de abril, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital y otras normas financieras, en lo que respecta al fomento de la implicación a largo plazo de los accionistas en las…

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