El Régimen de Devolución Mensual del IVA (REDEME) es un sistema que permite a las pymes y los autónomos liquidar el IVA de manera mensual, en lugar de hacerlo a través de la declaración trimestral del modelo 303. Así, los sujetos pasivos del IVA realizan la liquidación del IVA de manera mensual en lugar de hacerlo trimestralmente, lo que les proporciona mayor liquidez, sobre todo a las empresas cuyas declaraciones les salgan a pagar. Los empresarios o profesionales que no hayan solicitado la inscripción en el REDEME en el mes de noviembre, así como aquellos que no hayan iniciado la actividad, pero hayan adquirido bienes o servicios con la intención de destinarlos al desarrollo de la actividad, podrán solicitar su inscripción durante el plazo de presentación de las declaraciones-liquidaciones periódicas.

El convenio especial con la Seguridad Social tiene por finalidad complementar las cotizaciones de los trabajadores próximos a la edad de jubilación que han causado baja en su empleo, de tal forma que la pensión de jubilación no se vea reducida por dicha circunstancia. Las empresas que realicen despidos colectivos que afecten a trabajadores mayores de 55 años (sin estar incursas en concurso) deben suscribir un convenio especial y seguir cotizando a la Seguridad Social por dichos empleados

El Real Decreto-ley 21/2021, de 26 de octubre, ha modificado la Ley General de la Seguridad Social, regulando la forma de acreditar la situación de cese de actividad de los trabajadores autónomos cuando concurra una situación de fuerza mayor que determine el cese temporal o definitivo en la actividad económica o profesional, con efectos desde el 28 de octubre de 2021.

Queremos recordarle sus obligaciones fiscales correspondientes a los meses de noviembre y diciembre. Para cualquier duda o consulta nos tiene a su disposición.

Para las empresas y PYMES relacionamos a continuación una lista de ayudas, subvenciones y financiación en Cataluña que pueden resultar de interés para el impulso de nuevas ideas y la promoción de nuevos proyectos empresariales.

Debido a la crisis sanitaria, es muy probable que en 2020 su empresa generase bases imponibles negativas. Recuerde algunos aspectos a tener en cuenta para su compensación en ejercicios futuros.

Debido a la crisis sanitaria, es muy probable que en 2020 su empresa generase bases imponibles negativas. Recuerde algunos aspectos a tener en cuenta para su compensación en ejercicios futuros.

Queremos recordarle sus obligaciones fiscales correspondientes a los meses de octubre y noviembre. Para cualquier duda o consulta nos tiene a su disposición.

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