La responsabilidad patrimonial de la administración es una figura legal que garantiza que los ciudadanos sean compensados por los daños que sufran como consecuencia de la actuación de los poderes públicos.
Este derecho está respaldado por la Constitución Española y regulado en la normativa administrativa vigente.
A menudo, se asocia esta reclamación a supuestos de mal funcionamiento de los servicios públicos, ya sea por acción directa o por inactividad.
En este artículo de FusterGüell explicamos cómo funciona este mecanismo, cuándo se puede activar y qué pasos hay que seguir para reclamar una indemnización a la Administración pública.
¿Qué es la responsabilidad patrimonial de la Administración?
La responsabilidad patrimonial del Estado permite a cualquier ciudadano exigir una reparación económica cuando sus bienes o derechos se ven lesionados por una actuación administrativa.
Se trata de un sistema objetivo y directo: no es necesario que haya culpa o dolo por parte de la Administración para que exista obligación de indemnizar. Basta con que el daño sea real, evaluable y no exista obligación legal de soportarlo.
Este sistema está regulado principalmente en los artículos 32 a 35 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en los artículos 91 y 92 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común.
Requisitos para que exista responsabilidad patrimonial
No todo perjuicio provocado por la Administración es indemnizable. Para poder reclamar una indemnización por mal funcionamiento de la Administración, deben cumplirse ciertos requisitos legales.
- Existencia de un daño efectivo, evaluable e individualizado. No basta con una molestia general o potencial; debe tratarse de un perjuicio real que afecte directamente a una persona o grupo de personas concreto.
- Relación de causalidad. Debe demostrarse que el daño sufrido es consecuencia directa del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos.
- Que el afectado no tenga el deber jurídico de soportar el daño. Es decir, el perjuicio debe ser antijurídico.
Tipos de daños reclamables a la Administración
La legislación prevé diferentes clases de daños que pueden dar lugar a una reclamación por responsabilidad patrimonial en España.
- Daños materiales: pérdidas económicas, deterioro de bienes, interrupción de una actividad lucrativa, etc.
- Lucro cesante: ingresos que razonablemente se habrían obtenido de no haberse producido el daño.
- Daños morales: sufrimiento o pérdida de calidad de vida, siempre que puedan ser acreditados y evaluados.
Funcionamiento normal y anormal de los servicios públicos
La responsabilidad de la Administración por sus servicios públicos no se limita a los supuestos de errores o negligencias. También puede activarse aunque el servicio haya funcionado correctamente.
- Funcionamiento normal: cuando el daño se produce a pesar de que el servicio haya actuado conforme a la ley. Si el ciudadano no tiene obligación legal de soportarlo, puede ser indemnizable.
- Funcionamiento anormal: incluye errores, omisiones, demoras injustificadas o gestiones inadecuadas. En estos casos, la Administración suele estar obligada a reparar los daños causados.
La antijuridicidad del daño
Uno de los elementos más importantes en la responsabilidad patrimonial del Estado es que el daño sea «antijurídico».
Daño antijurídico es aquel que una persona no tiene el deber legal de soportar. Aunque la actuación de la Administración sea legal, si causa un perjuicio injustificado, este debe ser compensado.
No se consideran antijurídicos los daños que afectan a todos los ciudadanos por igual o los que tienen justificación legal, como la fuerza mayor.
Responsabilidad por inactividad administrativa
La inactividad también puede dar lugar a responsabilidad. Si la Administración no actúa cuando tiene obligación de hacerlo, y ello causa un perjuicio, también puede exigirse una compensación.
Para que proceda esta reclamación deben concurrir estos tres requisitos:
- Existencia de una obligación legal de actuar.
- Que esta obligación se derive de una norma concreta.
- Que la omisión haya causado un perjuicio efectivo y evaluable.
Casos de exoneración: fuerza mayor y daño inevitable
No toda actuación administrativa que cause daño conlleva indemnización. Hay excepciones legales que excluyen la responsabilidad.
- Fuerza mayor: situaciones imprevisibles y ajenas al control de la Administración, como catástrofes naturales. En estos casos no hay obligación de indemnizar.
- Daño inevitable: aunque fuera previsible, si no pudo evitarse con los medios disponibles según el estado de la ciencia o la técnica, no se exige compensación.
Quién puede reclamar y contra quién se dirige la acción
Cualquier particular que se considere lesionado puede iniciar una reclamación por responsabilidad patrimonial en España. Esto incluye tanto personas físicas como jurídicas.
La acción debe dirigirse contra la Administración responsable del servicio que ha causado el daño. Si varias Administraciones han intervenido, puede existir responsabilidad solidaria o compartida.
En caso de concurrencia, todas las partes implicadas deberían ser llamadas al procedimiento para evitar decisiones contradictorias.
Cómo se reclama una indemnización a la Administración
La reclamación debe iniciarse mediante un expediente administrativo, siguiendo los pasos establecidos por la Ley 39/2015. Puede presentarse de oficio o por iniciativa del afectado.
El afectado debe:
- Exponer los hechos y cuantificar el daño.
- Aportar pruebas que acrediten el perjuicio y su relación con la actuación administrativa.
- Formular la reclamación dentro del plazo legal.
Plazo para presentar la reclamación
El plazo general para reclamar una indemnización por daños causados por la Administración pública es de un año desde que se produce el hecho o desde que se manifiesta el efecto lesivo.
Transcurrido este plazo, salvo causa justificable, se pierde el derecho a reclamar. Si el procedimiento se inicia, la Administración tiene seis meses para resolver.
Si no se dicta resolución en ese tiempo, se considera desestimada la solicitud (silencio negativo), quedando abierta la vía judicial.
Cómo se calcula la indemnización
La cuantía de la indemnización debe corresponder al daño efectivamente sufrido, sin que suponga enriquecimiento para el afectado. Se aplica el principio de reparación integral.
El cálculo puede hacerse según criterios fiscales, de mercado o mediante valoraciones específicas, como en casos de lesiones corporales (baremos de seguros o Seguridad Social).
La indemnización puede ser en dinero o en especie. Incluso cabe el pago en plazos si se acuerda con el interesado.
Tributación de la indemnización recibida
En general, las indemnizaciones por responsabilidad patrimonial están exentas de tributar en el IRPF si proceden de daños personales derivados del funcionamiento de los servicios públicos.
No obstante, es recomendable confirmar cada caso concreto. Las indemnizaciones por daños materiales o patrimoniales pueden estar sujetas a tributación si no cumplen ciertos requisitos legales.
La responsabilidad patrimonial, mejor gestionarla con nuestro asesoramiento
Actuar frente a un perjuicio causado por la Administración no tiene por qué ser un proceso complejo.
Si tu empresa o tú como particular habéis sufrido un daño y queréis reclamar una indemnización, contar con una asesoría especializada es necesario para plantear el caso con garantías desde el principio.
En FusterGüell acompañamos a nuestros clientes a través de nuestra asesoría legal para empresas durante todo el proceso de reclamación por responsabilidad patrimonial, analizando la viabilidad del caso, preparando la documentación necesaria y defendiendo sus derechos ante la Administración.
Contáctanos ahora.
Preguntas frecuentes sobre responsabilidad patrimonial de la Administración
-
¿Cuándo puedo reclamar una indemnización a la Administración?
Cuando se haya sufrido un daño directo, real y antijurídico derivado de una actuación pública, ya sea por acción o por omisión.
-
¿La responsabilidad patrimonial también se aplica a la inactividad de la Administración?
Sí. Siempre que exista una obligación legal de actuar y su omisión cause un perjuicio.
-
¿Qué ocurre si varias administraciones públicas están implicadas?
Puede haber responsabilidad compartida. En ese caso, deben participar todas en el procedimiento y se podrá reclamar a cualquiera de ellas.
-
¿Qué pasa si la Administración no responde a mi reclamación?
Se entiende desestimada. Puede acudirse a la vía contencioso-administrativa presentando recurso ante el juzgado competente.
-
¿Se puede reclamar si el daño fue causado por una ley?
Solo en casos muy concretos. Por ejemplo, si la ley ha sido declarada inconstitucional o contraria a la normativa europea y el daño es directo y demostrable.