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Nuevo acceso al subsidio para mayores de 52 años a las personas fijas discontinuas

Con esta medida se equiparán en las condiciones y derechos al resto de personas trabajadoras por cuenta ajena del Régimen General de la Seguridad Social protegidas por la contingencia de desempleo.

Le informamos que en el Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo (BOE de 2 de marzo), y con efectos desde el 2 de marzo, se recoge un conjunto de medidas sociales que tienen por objeto evitar situaciones de desprotección en colectivos vulnerables.

Esta nueva medida para:

  • Las personas trabajadoras mayores de 52 años.
  • Que se encuentren sin empleo tras haber firmado un contrato de carácter fijo-discontinuo.

Este colectivo (que cuantifican en cerca de 18.000 personas al mes.) recibirá un subsidio de 463 euros al mes hasta que se jubilen. Esta medida beneficiará especialmente aquellos que tengan periodos de actividad inferiores a seis meses.

Por último, hay que tener en cuenta que, conforme establece la disposición transitoria cuarta del Real Decreto-ley 3/2022, los apartados 2 y 3 de este artículo 280 de la LGSS, en la redacción vigente antes del 2 de marzo de 2022 (fecha de entrada en vigor del RDL 3/2022), mantendrán su aplicación para los subsidios de los trabajadores fijos discontinuos cuyo hecho causante (momento en que se cumpla el plazo de espera de un mes o se produzca la situación legal de desempleo) haya tenido lugar antes de esa fecha.

El plazo para presentar la solicitud del subsidio es de 15 días hábiles a contar desde la finalización del periodo de actividad. Dicha presentación podrá ser realizada desde la sede electrónica del SEPE o en la oficina de prestaciones mediante la obtención de cita previa.

Sigamos conectados: Teléfono 93 860 02 69 C/ Ecuador, 1er 2ona, 08402 Granollers, BARCELONA Avenida Rei en Jaume, 221, 08440 Cardedeu, BARCELONA

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