A pesar del estado de alarma por el coronavirus COVID-19, un año más a los contribuyentes se nos acerca la hora de dar cuenta a Hacienda de nuestras obligaciones fiscales con respecto a la Renta y el Patrimonio, y para ello en el BOE de 18 de marzo de 2021 se ha publicado la Orden por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2020.
El día 7 de abril arranca la campaña de renta y patrimonio, una campaña en la que, aunque no tenemos muchas novedades, sí que hay algunos puntos que conviene tener en cuenta, ya que las rentas de 2020 se han generado en plena pandemia por la COVID-19, lo cual, obviamente, afectará a muchas declaraciones: en cuanto a los ERTES, la prestación por cese de los trabajadores autónomos, los módulos en las actividades económicas, las rebajas o moratorias del alquiler, las compensaciones económicas satisfechas a los trabajadores a distancia (teletrabajo), disponibilidad de los planes de pensiones en caso de desempleo o cese de actividad derivados de la situación del COVID-19, etc.
Atención. La campaña de la declaración de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio 2020 arranca el 7 de abril y se extenderá hasta el 30 de junio de 2021, excepto en el caso de domiciliación bancaria de las declaraciones que será desde el 7 de abril hasta el 25 de junio de 2021, ambos inclusive.
Por lo tanto, los contribuyentes podrán acceder a Renta WEB, para modificar y presentar el borrador de su declaración, desde el 7 de abril mediante alguno de los sistemas de identificación habituales.
Antes de hacer las declaraciones de Renta y Patrimonio del ejercicio 2020 debe recopilar todos los documentos que necesitaremos y, en especial, obtener los datos fiscales que nos proporciona la AEAT. Recuerde que es muy importante revisar el Borrador de la declaración con atención y, en su caso, modificarlo antes de su confirmación. Déjese asesorar por un profesional experto….
Plazos
Desde el 7 de abril hasta el día 30 de junio de 2021
Si se efectúa domiciliación bancaria del pago, el plazo de confirmación finaliza el 25 de junio de 2021.
Responsable del Departamento Fiscal en FusterGüell. Asesor fiscal especializado en planificación tributaria y reestructuraciones societarias, con más de 10 años de experiencia diseñando estrategias fiscales a medida y procesos de traspaso generacional en empresas familiares.