Lo único que puede embargar un Juzgado o una Administración (recordemos que Hacienda, Seguridad Social, Ayuntamientos, Diputaciones, etc., todos pueden también embargar), son los bienes del deudor. No puede embargar los bienes de otras personas. Los cotitulares de las cuentas ni deben ni pueden asumir el embargo. La jurisprudencia lo ha dejado muy claro a…
Desde el pasado 18 de enero de 2017, una nueva normativa, la orden europea de retención de cuentas (OERC) permite a los tribunales de la UE embargar fondos depositados en la cuenta bancaria de un deudor en otro país de la UE. El procedimiento podrá utilizarse únicamente en casos transfronterizos, lo cual implica que el…