El Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 y el Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, priorizan el trabajo a distancia con el objetivo de garantizar que la actividad empresarial y las relaciones de trabajo se desarrollen con cierta normalidad. Esta situación se mantendrá hasta que se normalice la situación de excepcionalidad sanitaria creada por la pandemia del COVID-19, por lo que el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo ha elaborado este documento, para que el trabajo con ordenador se lleve a cabo dentro de las mejores condiciones posibles de seguridad y salud.

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Fuente: Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST)

Alex Casalderrey
Escrito por Alex Casalderrey

Responsable del Departamento Fiscal en FusterGüell. Asesor fiscal especializado en planificación tributaria y reestructuraciones societarias, con más de 10 años de experiencia diseñando estrategias fiscales a medida y procesos de traspaso generacional en empresas familiares.

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