Asesoria fiscal Granollers FusterGuell

Nuevas Obligaciones Informativas: Modelo 721 para Declaración de Monedas Virtuales (como las criptomonedas) en el Extranjero

Le informamos sobre las recientes obligaciones informativas relacionadas con la posesión y las operaciones de monedas virtuales, así como la regulación de la obligación de informar sobre monedas virtuales ubicadas en el extranjero. En este contexto, destaca el Modelo 721: Declaración de Monedas Virtuales en el Extranjero.

¿Qué es el Modelo 721?

El Modelo 721, aprobado por la Orden HFP/886/2023, de 26 de julio, constituye una declaración informativa sobre la tenencia de monedes virtuales (como las criptomonedas) custodiadas en el extranjero.

¿Quiénes deben presentarlo? ¿Quién está obligado a declarar Criptomonedas?

Este modelo debe ser presentado por:

  • Personas físicas y jurídicas residentes en España.
  • Establecimientos permanentes.
  • Comunidades de bienes.
  • Herencias yacentes.

 

¿Qué pasa si no se presenta el modelo 721?

Desde el despacho de FusterGüell siempre recomendamos seguir las buenas prácticas fiscales.

¿Cuál es la causa para su presentación?

Primera declaración:

  • Debe informarse sobre el conjunto de monedes virtuales si el saldo total a 31 de diciembre supera los 50.000€.

Declaraciones posteriores:

  • Deberá presentarse nuevamente la declaración si hay un incremento superior a 20.000€ del saldo total de las monedes virtuales a 31 de diciembre.
  • Se deberá informar en caso de dejar de ser titular de monedes virtuales declaradas previamente.

¿Qué información se debe declarar?

En la declaración se incluye la siguiente información:

  • Identificación de la plataforma que custodia las monedes virtuales y su domicilio o dirección web.
  • Identificación de cada tipo de moneda virtual.
  • Saldos de cada tipo de moneda virtual a 31 de diciembre, expresados en unidades de criptomoneda y su equivalente en euros.

 

¿Cuándo hay que presentar el modelo 721 Criptomonedas?

El plazo para presentar el Modelo 721 vence el 31 de marzo de 2024.

En caso de ser titular de monedes virtuales en el extranjero con un valor superior a 50.000€, le invitamos a ponerse en contacto con nosotros a través del formulario de contacto o llamando al 93 860 02 69. Estaremos encantados de brindarle asesoramiento y orientación en este proceso.

Sigamos conectados: Teléfono 93 860 02 69 C/ Ecuador, 1er 2ona, 08402 Granollers, BARCELONA Avenida Rei en Jaume, 221, 08440 Cardedeu, BARCELONA

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