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Los autónomos y empresas pueden solicitar financiación a través de las líneas de financiación del ICO para 2018 para cubrir sus necesidades de liquidez o realizar sus proyectos de inversión (compra de maquinaria, compra de vehículos, etc.).

Cuando el destino sea inversión podrá pedirse bajo la modalidad de préstamo o de leasing y cuando sea liquidez se solicitará bajo la modalidad de préstamo o de línea de crédito. El importe máximo por cliente es de hasta 12,5 millones de euros en una o varias operaciones.

Una de las principales ventajas de esta línea son sus largos plazos de amortización, que cubren períodos de hasta 20 años con dos de carencia para inversión y de cuatro años con uno de carencia para liquidez. El cliente puede formalizar su operación a tipo de interés fijo o variable.

Las líneas ICO para 2018

Se siguen financiando (a través de la línea “Empresas y Emprendedores”) necesidades de liquidez (gastos corrientes, pago de nóminas y de proveedores, etc.) e inversiones (adquisición de activos nuevos o usados, vehículos…).

También existen líneas específicas para las empresas que operan en el exterior (anticipo de facturas, financiación de inversiones en el extranjero…) y para las que realicen instalaciones que reduzcan el consumo de energía.

ICO Empresas y Emprendedores 2018

Financiación orientada a autónomos, empresas y entidades públicas y privadas, tanto españolas como extranjeras, que realicen inversiones productivas en territorio nacional y/o necesiten liquidez.

También pueden solicitar financiación con cargo a este producto, particulares y comunidades de propietarios exclusivamente para la rehabilitación de sus viviendas.

La tramitación de las operaciones se realiza directamente a través de las Entidades de Crédito.

Condiciones

Importe máximo por cliente: hasta 12,5 millones de euros, en una o varias operaciones.

Conceptos financiables:

  • Liquidez
  • Inversiones dentro del territorio nacional:
    • Activos fijos productivos nuevos o de segunda mano (IVA incluido).
    • Vehículos turismos, cuyo importe no supere los 30.000 euros más IVA.
    • Adquisición de empresas.
    • Liquidez con el límite del 50% de la financiación obtenida para esta modalidad de inversión.
    • Rehabilitación de viviendas y edificios.

Modalidad: préstamo/leasing para inversión y préstamo/línea de crédito para liquidez.

Tipo de interés: fijo o variable, más el margen establecido por la Entidad de Crédito según el plazo de amortización.

Plazo de amortización y carencia:

    • Si se financia 100% liquidez: 1, 2, 3 y 4 años con la posibilidad de 1 año de carencia.
    • Si se financia inversión: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 12, 15 y 20 años con hasta 2 años de carencia.

Comisiones: la Entidad de Crédito podrá cobrar una única comisión al inicio de la operación, además de, en su caso, la de amortización anticipada.

Garantías: a determinar por la Entidad de Crédito con la que se tramite la operación salvo aval de SGR/SAECA.

Vigencia: se podrán formalizar préstamos al amparo de esta Línea hasta el día 21 de diciembre de 2018.

Encontrará información adicional sobre las líneas existentes y sobre las condiciones de cada una de ellas (interés, plazo de amortización, etc.) en la web del ICO (http://www.ico.es ), apartado “Líneas ICO”.

Alex Casalderrey
Escrito por Alex Casalderrey

Responsable del Departamento Fiscal en FusterGüell. Asesor fiscal especializado en planificación tributaria y reestructuraciones societarias, con más de 10 años de experiencia diseñando estrategias fiscales a medida y procesos de traspaso generacional en empresas familiares.

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