actividad autónomos

Le recordamos que desde el pasado 1 de enero de 2017, se puede realizar la actividad autónoma o cuenta propia a tiempo parcial, no solo a tiempo completo. A pesar que la Ley 27/2011, modificó el Estatuto del Trabajador Autónomo, en el sentido de la posibilidad del trabajo a tiempo parcial, a partir del 1-1-2014, se fue aplazando por las sucesivas leyes de presupuestos, por lo que, al establecerse en la del ejercicio 2016 su suspensión hasta el 1 de enero de 2017, y haberse prorrogado el mismo, dicha posibilidad ha entrado en vigor para el ejercicio 2017.

La Ley 20/2007, posibilitó que la actividad autónoma por cuenta propia se realizase a tiempo completo o a tiempo parcial, estableciendo actualmente la Ley General de la Seguridad Social de 2015, que la ley podrá establecer un sistema de cotización a tiempo parcial para los trabajadores autónomos para determinadas actividades y colectivos y durante determinados periodos de su vida laboral. En su defecto, se aplicaran las normas sobre los trabajadores contratados a tiempo parcial.

logo-footer

Sigamos conectados:      

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies